La empresa metalúrgica deberá pagar este monto al Estado Peruano por no haber construido una planta de ácido sulfúrico y el circuito de cobre en el complejo de La Oroya, según un fallo de la Corte Superior de Justicia de Lima. La sala consideró que el compromiso de inversión realizado y luego incumplido por Doe Run sí puede ser reclamado como una obligación contractual derivada del contrato de inversión firmado entre ambas partes.
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