Por Miguel Nuñez-Zevallos, abogado de Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya Abogados Arequipa
La publicación de la Casación Laboral N° 4258-2016-Lima ha generado gran preocupación en el sector empresarial, ya que en mérito a dicha sentencia el daño generado a un trabajador a consecuencia de un accidente de trabajo implicará automáticamente el pago de una indemnización por daños y perjuicios a cargo del empleador.
Pues bien, más allá de lo controvertido de la sentencia en comentario, considero que el verdadero problema no es la sanción, sino la causa de los accidentes de trabajo, los cuales obedecen a la escaza prevención en seguridad y salud en el trabajo de muchas empresas en nuestro país.
Ahora, si bien la decisión de la Corte Suprema es por demás cuestionable, considero que busca dar respuesta a un problema real.
Solo para tener una idea de nuestra situación, en el año 2014 se notificaron 14737 accidentes de trabajo al Ministerio de Trabajo, mientras que en año 2015 se notificaron 20941, es decir, hubo un incremento en más del treinta por ciento. Cabe indicar que las estadísticas del 2016 aún no han sido publicadas.
En este sentido, la única forma de reducir los accidentes de trabajo, es a través de la implementación de un sistema de seguridad y salud en el trabajo, el cual está compuesto de los siguientes documentos: plan anual, programa anual, reglamento de seguridad y salud en el trabajo, mapa de riesgos y matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos.
Ahora, es cierto que un sistema completo de seguridad puede representar un elevado costo laboral, lo que genera reticencia de muchas empresas para su implementación, no obstante, considerando las consecuencias económicas que un accidente de trabajo representa a una empresa, conviene cuestionarnos, ¿es realmente un gasto o una inversión?