La jueza Fiorella Mendoza del Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró improcedente la demanda de amparo, presentada por el congresista Justiniano Apaza, bajo el argumento de que el monopolio no está prohibido en el Perú. La magistrada señaló que la Constitución peruana solo impide en su artículo 61 el abuso de posiciones dominantes o de monopólicas, lo que le corresponde determinar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Asimismo, indicó que la adquisición de Quicorp, dueña de las cadenas de farmacias Mifarma, BTL y Fasa, por parte de InRetail Perú, propietaria de la cadena de farmacias Inkafarma, no acarrea necesariamente una subida de los precios de los medicamentos.