Con el propósito de regular el régimen de la garantía mobiliaria de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), el Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N° 1400. Carlos Oliva, ministro de Economía y Finanzas, manifestó que este “es un mecanismo que sirve para hacer más transparente las relaciones cuando queremos poner como garantía algún bien mueble”
La norma detalla que los bienes que pueden ser objetos de garantía mobiliaria son: los vehículos, los inventarios, el saldo de cuentas de depósitos en ESF, los certificados de depósito a plazo o los certificados bancarios, conocimientos de embarque o títulos de análoga naturaleza, las acciones o participaciones en sociedades o por contratos asociativos.