Cuando en el 2010 (Ley Nº 29623), se creó la figura de la factura negociable, introduciendo una tercera copia en las facturas comerciales y recibos por honorarios que se originen en venta de bienes o prestación de servicios, por primera vez el Perú encontró un mecanismo efectivo para que la pequeña y micro empresa (mype) acceda al mercado de capitales (intermediación directa).
El anhelo de encontrar un mecanismo eficiente para llevar a la mype al mercado de capitales viene desde los años 90 cuando la SMV (CONASEV, en aquel entonces) exploraba estructuras financieras de titulización de las carteras de las principales cajas municipales, pero por el tamaño y las variadas tecnologías financieras de sus carteras de ese momento, no fue posible lograr dicho propósito.
Hoy en día, una factura comercial puede derivar en un título crediticio denominado “Factura Negociable”, el cual puede transferirse a terceros o cobrase de manera ejecutiva, debido a que tiene la calidad de título valor transferible por endoso, al incorporar el derecho de crédito respecto del saldo de precio o contraprestación pactada por las partes en la transacción que diera origen a la factura.
Las facturas comerciales pueden ser descontadas financieramente (factoring) por entidades financieras o empresas especializadas en este tipo de operaciones (registradas en la SBS) a tasas de interés según el riesgo del título centrado en el responsable del pago. Hoy operan 44 empresas especializadas en factoring.
Cuando una factura no se llega a pagar a su vencimiento, puede generar intereses compensatorios y moratorios. El plazo para requerir dicho pago es de 8 días hábiles desde que se notifica por intermedio de CAVALI, periodo dentro del cual el deudor puede aceptar o declarar su disconformidad, la que sólo puede ser sobre: a) el plazo de pago acordado, b) el monto neto pendiente de pago, y c) la existencia de un reclamo sobre los bienes adquiridos o servicios prestados.
Si no hay disconformidad, existe la presunción legal, sin admitir prueba en contrario, de la aceptación irrevocable de la Factura Negociable en todos sus términos, así como de la conformidad con relación con los bienes o servicios prestados. Una vez vencido el plazo de 8 días hábiles, la Factura Negociable tendrá mérito ejecutivo. CAVALI otorga la constancia del título valor con merito ejecutivo.
Asimismo, existe la posibilidad de que las facturas electrónicas con o sin conformidad o presunción de conformidad se anoten en cuenta en CAVALI y pueda realizarse con ellas operaciones necesarias para su transferencia a terceros, cobro y ejecución en caso de incumplimiento de pago.
Las facturas negociables son un instrumento poderosísimo para que las mypes hagan liquidas sus ventas a empresas con políticas de pago a proveedores de entre 30 y 60 días. Las mypes en actividades de comercio y servicios, donde la rotación de sus ventas es de 15 días, pueden hacer factoring incluso por esos 15 días.
Con el factoring de Facturas Negociables, el modelo de negocio en el financiamiento a la mype cambió. Ahora ya no sólo es importante analizar el perfil de riesgo de la mype -como es en el crédito tradicional que actualmente brindan cajas municipales, cajas ruarles, edpymes y cooperativas-, sino también es, sobre todo, muy importante analizar los riesgos del responsable de pago de la factura.
El mercado factoring realizado por empresas registradas en la SBS tiene un enorme potencial de crecimiento. Es así que, tan sólo entre enero y agosto de 2020, el monto total negociado mediante factoring por las 44 empresas especializadas en factoring con registro en la SBS que actualmente operan ascendió a S/ 1.566 millones, representando el 19,8% en monto y el 16,7% en número de facturas del total negociado por bancos, sociedades agentes de bolsa, sociedades administradoras de fondos de inversión y otros intermediarios del mercado de capitales.
Las ventajas comparativas que tienen las empresas especializadas en factoring con registro en la SBS son: (i) alta flexibilidad para diseñar sus productos; (ii) menores costos de operación; (iii) no están sujetas a límites de apalancamiento; (iv) tienen soluciones de financiamiento innovativas e intensivas en nuevas tecnologías (blockchain, smart contract, inteligencia artificial, tokenización); y (v) forman parte de cadenas de la industria financiera con acceso a recursos ilimitados y actividades económicas sinérgicas.
Además, dichas empresas especializadas en factoring pueden estructurar financiamiento ad hoc para cada modelo empresarial, articulando instrumentos que pueden generar sociedades titulizadoras, sociedades de fondos de inversión y fiduciarias, tal como se muestra en el siguiente esquema:
Las ventajas de estas estructuras de financiamiento es que se puede simultáneamente usar activos, derechos económicos, flujos de caja, garantías y asignar los riesgos de manera más diversificada y eficiente, reduciendo en muchos de los casos los costos de financiamiento. Además de todas esas ventajas, las de mayor relevancia son que (i) da flexibilidad para desarrollar ingeniería financiera y (ii) evita que la empresa consuma sus límites individuales de financiamiento en bancos.