El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) amplió el listado de bebidas azucaradas que estarán afectas al pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) tras reducir el contenido máximo permitido de azúcar que podrán contener estos productos. El Decreto Supremo N° 266-2018-EF estableció una tasa de 25% para bebidas con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros. Ahora, para bebidas con un contenido de azúcares totales de 0,5 a 5 gramos la tasa de ISC será de 17%. Incluye bebidas como agua mineral y gasificada, bebidas con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizadas, así como cervezas. Solo quedarán exceptuadas bebidas con registro sanitario o autorización excepcional de la DIGEMID.
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