Los jubilados del Régimen 19990 podrán volver a generar ingresos o retomar actividades laborales y seguir recibiendo la pensión mensual que se les otorga por haber realizado sus aportes anteriores. Dicho beneficio fue precisado en la publicación del Decreto Supremo 282-2021-EF, que facilita el acceso a una pensión a los asegurados a la ONP.
Según la norma, el reinicio de actividades laborales por parte del pensionista y/o el reinicio de actividad económica del pensionista no suspende la pensión obtenida y su ingreso no está sujeto a retención de la contribución a favor de la ONP, salvo que el pensionista solicite la suspensión de su pensión, así como reanudar la retención de su contribución para aportar a la ONP.