Indecopi: trato diferenciado ahora se considera un acto de discriminación

Indecopi, la autoridad de protección al consumidor, ha emitido una nueva resolución que establece que no hay diferencia entre un «trato diferenciado» y un acto de discriminación, por lo que ambos deben ser sancionados de la misma manera. Según la resolución, cualquier conducta de los proveedores en el mercado que afecte el derecho a la igualdad y se materialice a través de un trato discriminatorio hacia los consumidores será considerada una infracción.

En un caso específico analizado por Indecopi, se retiró a una persona de un restaurante debido a su vestimenta. Como resultado, se impuso una multa de 9,47 UIT (S/46.876,50) por incurrir en actos de discriminación y una de 5 UIT (S/24.750) por no proporcionar un servicio idóneo a sus consumidores.

Especialistas consideran que anteriormente se entendía que la discriminación era una infracción más grave, sujeta a multas más altas. Sin embargo, este cambio de criterio podría resultar en un mayor número de casos fallando a favor de los consumidores.