La pota, el PBI y los barcos pesqueros chinos

En este artículo se presenta información extensa y enlaces que permiten comprender la real magnitud del problema de la flota china. Debiera ser leída por todas las personas que no desean convertirse en víctimas de la propaganda y publicidad engañosa de quienes solo buscan satisfacer sus ambiciones personales.

“Desde las aguas de Indonesia, Vietnam, Filipinas y Corea del Norte hasta las de México, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Perú, Chile y Argentina, en Iberoamérica, pasando por las del golfo de Guinea, Angola, Senegal, Mozambique y Somalia, en África, los pesqueros chinos se han convertido en los nuevos dueños de los caladeros. La reducción de capturas en los tradicionales caladeros chinos ha intensificado la importancia geopolítica de su flota pesquera de altura”.

“China no pesca únicamente calamares. Tan solo la flota de aguas distantes china capturó dos millones de toneladas, que representa el 40% del total mundial de este tipo de pesca. China pesca mucho, pero pesca mucho más que nadie, y pesca en proporción mucho más en aguas distantes. Especialmente, lo hace en regiones poco desarrolladas, donde no existen controles suficientes, y en Iberoamérica, donde se sitúa en los límites de las aguas de explotación económica exclusiva para, en no pocas ocasiones, violar estos límites”.

“Los países iberoamericanos deben proteger y defender sus recursos de una sobreexplotación, en muchos casos ilegal. Sin duda, la agresión de grandes buques factoría contra los intereses y la soberanía de Perú, Ecuador, Chile y Argentina es un problema con una dimensión nacional. La preservación del medio ambiente marino es un objetivo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”.

La situación sobre la pota y la flota pesquera china, que se reseña en esta nota, nos muestra, que en el Perú, no existe una visión de largo plazo que atienda el interés nacional, en especial de la pesca artesanal. Lo que existe y es cada vez más notorio, son camarillas de personas que usan como argumento de defensa de los intereses chinos, nociones vagas como el crecimiento del PBI, que nunca ha beneficiado a todos los peruanos, ni ha traído mejor calidad de vida a las mayorías. Usando palabras y tecnicismos que pocos entienden, los adoradores del PBI confunden a las multitudes, dicen verdades a medias y pretenden crear corrientes de opinión para defender lo que en el fondo saben que es indefendible.

Estas gentes, en realidad defienden sus propios beneficios económicos derivados de los negocios que trae la presencia china en el país, utilizando sus cargos y puestos, bien sea en la empresa privada o en instituciones del Estado.

La mentira del crecimiento del país siempre es usada para ocultar y/o tergiversar la verdad, que lamentablemente todavía muchos creen. El crecimiento económico que dicen que genera, no está acompañado de un crecimiento moral, ni alcanza a la mayoría de población.

No les importa los intereses de los pescadores artesanales que capturan pota. Priman las ganancias de los astilleros, agencias marítimas y servicios conexos. El poder económico de grupos de poder relacionados con los ingresos económicos que generan las relaciones con China, se ha impuesto sobre la moral, la decencia y la soberanía de países como el Perú, para establecer una posición de poder.

Pero, además, reducir el problema a tan solo una mera cuestión de intereses económicos sin considerar el impacto de la flota pesquera china en el mundo, esto es inmoral. Una potencia mundial como la China, se ha atribuido el derecho de pescar recursos pesqueros en cualquier parte del mundo sin un estudio científico de los límites máximos que debiera capturar para no afectarlos. Sin el menor respeto por los derechos de las poblaciones ribereñas y su soberanía, ni por el esfuerzo de organizaciones internacionales que trabajan para preservar los recursos marinos han configurado una suerte de agresión contra el medio ambiente marino.

El abuso y la falta de respeto por la sostenibilidad de recursos a nivel mundial, en especial en Perú, Argentina y África, que está siendo tratado como asunto de menor importancia por los grupos de poder con intereses económicos en el comercio con China, deja al descubierto la calidad moral de algunos funcionarios públicos y privados, así como de algunos sectores de la vida económica y política peruana. Muestra el hueco de inmoralidad y ausencia de patriotismo en el cual está sumergida la institucionalidad en el Perú. La manipulación y la politiquería alrededor de toda esta problemática muestra al desnudo lo que somos como país.

Las autoridades hacen poco eco de los reclamos y denuncias de algunas organizaciones pesqueras, solidarizándose, en cambio, con los beneficiados por el dinero chino.

A dos años de las elecciones presidenciales, el escenario es tan indecente, que va a ir creándose el ambiente propicio para candidatos que ofrezcan soluciones radicales a este y otros problemas. Es previsible una votación por el radicalismo ante la podredumbre en la que ha caído el sistema.

En los siguientes links se ilustra la magnitud de la operación de la flota china a nivel mundial:

https://es.mongabay.com/2024/07/flota-china-causa-alarma-pesca-ilegal-violacion-derechos-humanos-evadir-controles-latinoamerica/

https://ceeep.mil.pe/2021/03/17/la-gran-armada-pesquera-china-una-amenaza-para-iberoamerica

https://www.nytimes.com/es/interactive/2022/10/13/espanol/pesca-china-sudamerica.html

https://ojo-publico.com/4710/flota-china-los-altos-costos-humanos-y-ambientales-los-oceanos

https://www.politicaexterior.com/la-flota-pesquera-china-corsarios-del-siglo-xxi

https://www.diario.red/articulo/internacional/china-africa-geopolitica-nueva-guerra-fria/20240726104126033249.html

EL ACUERDO SOBRE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO (AMERP)

El Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto es el primer tratado internacional de carácter vinculante centrado específicamente en la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR). Su objetivo es prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR impidiendo que los buques que la practican utilicen puertos para desembarcar sus capturas. De esta manera, el AMERP reduce los incentivos para que estos buques continúen operando y, además, frena el flujo de productos pesqueros derivados de la pesca INDNR hacia los mercados nacionales e internacionales. La aplicación eficaz del AMERP contribuye, en última instancia, a la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos marinos vivos y sus ecosistemas. Las disposiciones del AMERP se aplican a los buques de pesca que soliciten entrar a un puerto designado de un Estado que sea diferente de su Estado del pabellón.

Mediante Resolución Legislativa N° 30591 del 16 de abril de 2017, el Congreso de la República aprobó el precitado acuerdo, siendo ratificado mediante Decreto Supremo N° 040-2017-RE, de fecha 06 de septiembre de 2017, e incorporándose a la legislación nacional con la publicación del texto del acuerdo en el diario Oficial El Peruano con fecha 12 de octubre del 2017.

Por otro lado, mediante Decreto Supremo N° 016-2016-PRODUCE, el Ministerio de la Producción estableció medidas para autorizar operaciones en puertos y astilleros peruanos de embarcaciones de bandera extranjera que realizan actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos en alta mar.

https://www2.produce.gob.pe/dispositivos/publicaciones/ds006-2016-produce.pdf

Este DS fue perfeccionado por el DS 016-2020-PRODUCE, que coincidentemente tiene el mismo número, que obliga a que estas flotas cuenten con el sistema de seguimiento satelital de embarcaciones del estado peruano, con un registro de los últimos 6 meses, cada vez que deseen usar los servicios portuarios y astilleros del país. El objeto consiste en establecer las obligaciones y condiciones que deben cumplir los armadores de toda embarcación de bandera extranjera que realicen actividades pesqueras y relacionadas con la pesca de recursos hidrobiológicos fuera del dominio marítimo del Estado Peruano, para el arribo a aguas jurisdiccionales; en concordancia al Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada.

https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/1122148-016-2020-produce

Se está defendiendo los intereses de la flota pesquera china en detrimento de los intereses de la pesquería nacional.

LA SITUACION

Desde hace años, una flota pesquera china y de otras nacionalidades, opera desde la milla 201, frente al dominio marítimo peruano, y se dedica a la pesca de la pota o calamar gigante. Estas naves se observan por instituciones dedicadas al análisis de datos satelitales, como Global Fishing Watch o HawkEye360 y por embarcaciones peruanas que se cruzan en su ruta.

La plataforma Global Fishing Watch, que sigue las señales que emiten los barcos pesqueros en el mundo, confirma que la flota de bandera china se mueve muy cerca del límite de nuestro dominio marítimo.

“Desde mayo de 2023 hasta ahora (agosto 2024) son 251 los barcos chinos registrados que han ingresado a puertos peruanos sin tener a bordo un dispositivo satelital. Fuera de las 200 millas también hay algunos barcos coreanos o taiwaneses que estarían operando y que igualmente están obligados al mismo registro. Perú es el único país de la región que les permite ingresar a puerto a estos barcos chinos, no lo hace ni Ecuador, ni Chile, ni Argentina. Si no lo hiciera Perú, tendrían que ir 17.000 km hasta sus puertos, lo que implicaría perder más de 60 días efectivos de pesca”.

Fuente:

https://larepublica.pe/economia/2024/08/16/pedimos-celeridad-en-regularizacion-de-barcos-transzonales-1373325?fbclid=IwY2xjawEwR85leHRuA2FlbQIxMQABHTuX0HW7b2QL5yyxFRFntaH-Otyoj3VjO8Z578bNEZ4PMq5mqtzU6mUdiA_aem_lQswpiZ3sXG7gRq7pNkVCw

Anualmente, el Perú desembarca, en promedio, alrededor de medio millón de toneladas (TM) de pota, de acuerdo a estadísticas del Ministerio de Producción, convirtiéndose en el principal producto hidrobiológico de CHD que produce el país.

La presencia de la flota pesquera china en el Perú, está mostrando la verdadera naturaleza de las autoridades e instituciones, al desnudar sus posiciones y actitudes frente al impacto negativo que están causando a las pesquerías como la de la pota. Mientras algunos defienden la sostenibilidad de los recursos y empleos de los pescadores, hay quienes defienden las ganancias de algunos grupos minoritarios pero poderosos e influyentes, quienes escudan sus intereses tras el discurso del crecimiento del PBI y del crecimiento económico.

El hecho es que dada la penetración china en el país a través de sus inversiones, se han creado intereses de empresarios y autoridades que a fin de permanecer congraciados con estas inversiones, se tornan complacientes en otros asuntos como los de la flota pesquera china sin importarles el impacto sobre la pesquería peruana.

La comunidad pesquera potera piurana se enfrentó a un grupo de barcos industriales pesqueros de bandera China en julio de este año, quienes vienen siendo objeto de cuestionamientos a nivel mundial por sus actividades, algunas ilegales, que están sobre explotando la pota y poniendo en riesgo la sostenibilidad del stock de pota que da trabajo a la flota artesanal peruana y soporta las exportaciones de CHD nacionales.

Mayor información en el siguiente link:

https://www.seafood.media/fis/worldnews/worldnews.asp?monthyear=12-2023&day=22&id=127735&l=s&country=&special=&ndb=1&df=0

LOS PROBLEMAS

LA NORMA SOLO ATIENDE UNO DE LOS PROBLEMAS

  1. Esta flota compite de forma desleal con el Perú porque capturamos la misma pota, vendemos a los mismos compradores y en los mismos mercados internacionales; pero con exigencias distintas. Perú establece límites máximos de captura anuales y costos operativos sin subsidios estatales. Ellos pescan los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite alguno y cuando no están en la zona, están pescando en aguas afuera de Argentina, Ecuador y Chile. Pescan permanentemente.
  2. Perú corre el riesgo de que esta flota sobrexplote la pota y esta se agote en nuestro mar a corto o mediano plazo. Es un solo stock el que está dentro y fuera de las 200 millas en el área, por lo que el impacto sobre la porción existente a partir de la milla 201 afecta al que está dentro de las 200 millas.
  3. Es probable que haya incursiones de algunos barcos para realizar pesca dentro de nuestro dominio marítimo, configurándose una pesca ilegal puesto que no tienen permiso de pesca.
  4. No hay límite científico de captura para la flota china que opera al borde del dominio marítimo peruano, en aguas internacionales, lo que la convierte en depredadora.
  5. La contaminación que genera esta flota es algo real que debe evaluarse. Una cantidad de barcos, que fluctúa entre 400 a 600, concentrada en una zona relativamente pequeña, produce residuos sólidos y oleosos, o sea basura, que son probablemente arrojados al océano, lo que impacta negativamente en ese ecosistema. 

La norma vigente hace complicada, aunque no imposible, la operación logística de esta flota, y tiene por objeto negar servicios portuarios a aquellas embarcaciones que hayan incursionado dentro de nuestro dominio marítimo. La flota china, obviamente, está afectada, lo que es precisamente el objetivo de la norma.

Este decreto supremo pretende controlar que esta flota no realice actividad extractiva ilegal en nuestras 200 millas y enfrenta la captura ilegal de recursos pesqueros dentro del dominio marítimo peruano. Sin embargo, la normativa solo atiende al problema número 3. No enfrenta los problemas 1 y 2, 4 y 5, probablemente porque no existe legislación internacional al respecto ni medios para efectuar controles.

Es necesario precisar el mecanismo y procedimiento mediante el cual la Dirección de Fiscalización, Supervisión y Control del Ministerio de la Producción, informa oportunamente a la Autoridad Marítima Nacional si las embarcaciones pesqueras chinas cuentan con el dispositivo de control satelital, a fin de evitar ambigüedades o leguleyadas.

Es necesario perfeccionar el DS 016-2020 para de este modo eliminar cualquier motivo que justifique la inaplicación de la norma que protege nuestros intereses.

¿SE PUEDE HACER ALGO?

El Perú tiene el deber de adoptar todas las medidas necesarias para la conservación y explotación sustentable de los recursos transzonales y altamente migratorios que inciden en sus aguas jurisdiccionales. No debieran imponerse los intereses económicos de algunos o la participación china en nuestro comercio internacional.

Una manera de controlar a esa flota extranjera, es cortar la atención de los suministros y frenar la posibilidad de apoyo logístico no dando puerto de atención ni brindando servicios. La norma existente no es tan drástica, aunque debería serlo ya que no es suficiente la limitación impuesta.

Sin embargo la pesca en aguas internacionales no está prohibida y así lo estuviera, no existen mecanismos para impedirla. Lo que organizaciones como la OROP del Pacífico Sur pudieran dictar con miras a conservar el recurso, no son vinculantes. Los paises miembros pueden cumplirlas o no, sin que exista forma alguna de obligarlos a cumplirlas.

Se habla de la necesidad de prevenir la pesca ilegal, de definir que es ilegal y que no, pero los pocos esfuerzos por frenar la posibilidad de dar servicios a esta flota se ven amenazados por lobbies y tibias declaraciones de las autoridades peruanas, que además no tocan el problema de fondo.

En la medida que encuentren facilidades en el país, la posibilidad de cortar su operación se hace imposible por la indiferencia o tibieza de las autoridades responsables y de la sociedad, que debería exigir mayor presión por parte de las autoridades y del Ministerio de Defensa en la custodia del dominio marítimo peruano.

Más allá de la normativa vigente, no es aceptable que ante el evidente perjuicio que causa la flota pesquera china a la pesquería nacional, se le brinden facilidades portuarias en lugar de negarlas en un soberano acto de defensa de los intereses nacionales. Más aún cuando su control, depende de una Institución Tutelar de la Patria como es la marina de Guerra del Perú.

En el supuesto de que se implementen medidas y condiciones más fuertes para el ingreso de estos barcos, se crearía un escenario en el cual si todos ellos cumplen los requisitos y hacen su ingreso legal a aguas peruanas, ¿qué argumentos podría exigir la pesca artesanal para impedir su acceso? Los únicos perjudicados directos e inmediatos, son o serían los pescadores artesanales peruanos que se dedican a la extracción de pota y que ven en esta presencia china una amenaza a su existencia. Esta se materializa en la sobreexplotación de la pota dada la enorme cantidad de barcos chinos que la vienen explotando y podrían llevar a su extinción, lo que colapsaría la actividad artesanal peruana.

El asunto ocurre a nivel mundial ya que la enorme flota china viene operando en los principales caladeros del mundo como Argentina y África en aguas internacionales sin que nadie pueda impedirlo.

Estamos frente a la posibilidad de un serio impacto sobre la pesca artesanal peruana, que probablemente no será debidamente protegida por el Estado porque hay demasiados intereses en juego que no son precisamente pesqueros. La presencia china en el Perú a través de grandes inversiones en el sector minero, electricidad y portuario, en especial con el mega puerto de Chancay es muy importante para la economía peruana. Además China es uno de los principales socios comerciales del Perú y recibe un importante volumen de las exportaciones peruanas.

Este hecho podría pesar más en la balanza de las decisiones políticas peruanas que incline las mismas hacia la flexibilización de las medidas de ingreso de la flota china a puertos peruanos. La existencia de astilleros y puertos logísticos en el Perú como el de Chancay, aumentan el riesgo de mayores ingresos de esta flota, ya que poseen por detrás todo el apoyo económico y subsidios del gobierno de ese país asiático.

Esa flota requiere de servicios portuarios peruanos, por la cercanía de los mismos a la zona de pesca, para mantenimiento y otras actividades logísticas y administrativas como el relevo de tripulaciones. Lo que adicionalmente a lo ya expuesto, genera ingresos a los astilleros peruanos, en especial al SIMA y a las agencias marítimas y proveedores de bienes y servicios.

“Desde mayo de 2023 hasta ahora (agosto 2024) son 298 los barcos chinos registrados que han ingresado a puertos y el 24 de agosto ingresaran dos barcos más por el Callao”.

Fuente:  APN

Es evidente, por tanto, que existen beneficios del ingreso de los barcos chinos, que sumado a los de la sociedad comercial entre China y Perú hacen o harían posible que los mismos no se detengan, no se limiten, sino que por el contrario se incrementen.

En este contexto hay temas que requieren ser explicados:

¿Por qué la ex secretaria general de Produce y ex vice ministra de pesca y acuicultura continua ocupando un cargo en el directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, entidad que concede autorización de ingreso a los barcos de bandera extranjera como los chinos? El cargo le corresponde a un representante del PRODUCE, pero ella ya dejó de ser funcionaria del Ministerio de la Producción.

La Marina de Guerra niega constantemente que haya actividad pesquera de barcos de bandera extranjera dentro de las 200 millas. Pero lo que vemos a continuación son hechos que, legítimamente, pueden hacer desconfiar a la ciudadanía en algunos mandos de nuestra Marina de Guerra.

 “Tres informes de la Contraloría, analizados por OjoPúblico, hallaron que inspectores de la Dirección General de Capitanías suscribieron reportes donde aseguraban haber verificado las condiciones de 18 naves, aunque estas se encontraban navegando o en otros puertos, y recomendaron que se les renueve o refrende sus certificados nacionales de prevención de la contaminación por hidrocarburos y por aguas sucias. Ambos documentos son indispensables para tramitar zarpes trimestrales y diarios para pescar. Las inspecciones ficticias se realizaron en los puertos de Chimbote, Callao y Paita.

De acuerdo al Informe 19742-2021-CG/SIE-SCE, del 22 de octubre del 2021, entre enero y noviembre del 2019 se simularon inspecciones a seis embarcaciones pesqueras en el puerto de Chimbote. Las favorecidas fueron Mariana B, Bamar IV, Bamar I, Atlántico IV, Luisa de Humay y Macabi 10.

 “… se colige que, el inspector naval e inspector auxiliar simularon la ejecución de la inspección, y por tanto, no se verificó el cumplimiento de los requisitos técnicos que prevenga la contaminación por hidrocarburos y por aguas sucias, que establece la normativa vigente, permitiendo con ello, que se emita el cuarto refrendo del Certificado nacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos, válida hasta el 3 de marzo de 2020, y el primer refrendo del Certificado nacional de prevención de la contaminación por aguas sucias, válido hasta el 2 de enero de 2020”, se lee en el informe de control.

OjoPúblico solicitó descargos a la Dicapi. A través de un cuestionario, el secretario del comandante general de la Marina, respondió que se inició procedimiento administrativo contra los inspectores de Dicapi encontrados con responsabilidad administrativa en los informes de la Contraloría relacionados con inspecciones simuladas realizadas en el 2019. Este concluyó que «no hubo inspecciones simuladas, ya que la totalidad de las inspecciones auditadas fueron realizadas. Sin embargo, se incumplieron los establecimientos establecidos para tal fin».

También se informa que el personal militar fue sancionado administrativamente y se encuentra laborando en la institución. Además, se indica que como las inspecciones no fueron simuladas, los certificados se siguieron usando mientras permanecieron vigente y se encuentran sujetos a inspecciones ya sea por refrenda o renovación.

Respecto a las investigaciones fiscales, Dicapi indicó que el caso que se indagaba en la Fiscalía del Callao se encuentra archivado de modo definitivo. Su versión difiere de la proporcionada a este medio por el Ministerio Público, que señaló que una de las partes apeló el archivo

Fuente:

https://ojo-publico.com/ambiente/contraloria-detecta-inspecciones-ficticias-embarcaciones-pesqueras

¿Podemos confiar en las autoridades navales o no? ¿Es verdad cuando dicen que la flota pesquera china no realiza actividad extractiva dentro de las 200 millas? ¿No son acaso esos barcos clientes, o potenciales clientes de astilleros peruanos incluidos el Servicio Industrial de la Marina? Siendo así ¿se puede confiar en que serán tratados sin protección ni amparo alguno como corresponde?

¿Es verdad que se realizan inspecciones ficticias a los barcos? ¿Los jefes de flota, bahías o patrones y capitanes de embarcaciones peruanas tienen algo que decir, en función a sus experiencias, en relación a las inspecciones anuales que deben pasar?

En una realidad en la que hay una fuerte influencia china en nuestra economía…¿podemos confiar realmente en que las autoridades navales y del ejecutivo apostarán por la defensa de los intereses pesqueros peruanos?

El Ministerio de la Producción ha dispuesto, mediante la RM Nº 000222-2024-PRODUCE, la asignación de una cuota de captura de 499 683 toneladas de pota.

Esta cifra se basa en lo mencionado en el Informe Técnico “INDICADORES BIOLÓGICOS, PESQUEROS Y POBLACIONALES DEL CALAMAR GIGANTE Dosidicus gigas y PERSPECTIVAS DE PESCA PARA EL 2024”, remitido por IMARPE con el Oficio N° 0384-2024-IMARPE/PCD al Ministerio.

¿La cuota está referida a todo el stock de pota, o solamente al que se encuentra dentro del dominio marítimo peruano?

¿Qué cuota o límite de captura tiene la flota china que opera al borde del dominio marítimo peruano? ¿O no tiene ninguno, bien sea impuesto por la OROP del Pacífico Sur u otra organización?

En ese escenario, si a partir de la milla 201 los chinos pueden pescar los volúmenes que deseen ¿qué sentido tiene asignar una cuota dentro de las 200 millas, que no los limita a ellos sino solo a los peruanos?

Si los chinos pescan sin limitaciones fuera de nuestro dominio marítimo, ¿la flota peruana está impedida de capturar más de la cuota si la extracción se hace fuera de las 200 millas? Si así fuese ¿cómo se va a establecer controles a las embarcaciones peruanas para ubicar con precisión el lugar de la captura?

¿Qué estamos haciendo los ciudadanos peruanos como sociedad y como país, ante la indiferencia y tal vez complicidad de nuestras autoridades y élites empresariales, para defendernos de la inmoral y abusiva agresión de la flota pesquera china contra nuestro ecosistema, que pone en peligro la supervivencia de un importante recurso como la pota?

Información sobre el puerto de Chancay en los siguientes links:

https://senaldealerta.pe/almirante-y-gerente-a-la-vez-en-puerto-chancay/

https://senaldealerta.pe/chancay-altos-mandos-y-carpeta-fiscal

https://senaldealerta.pe/chantaje-al-estado-peruano-en-puerto-chancay/

Más información sobre la flota pesquera china en los siguientes links:

https://revistapesca.blogspot.com/2023/04/el-lobby-de-embarcaciones-de-bandera.html

https://revistapesca.blogspot.com/2023/08/la-pesca-china-en-altamar-la-amenaza.html

https://app.box.com/s/r5gibptae8p01dhuxe4nsk15y4f816n7

https://revistapesca.blogspot.com/2023/12/ingreso-de-barcos-pesqueros-chinos.html

https://revistapesca.blogspot.com/2023/12/el-ingreso-de-barcos-chinos-los.html

https://revistapesca.blogspot.com/2024/04/el-control-de-ingreso-de-barcos.html

https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/produce-sanciona-nave-pesquera-china.html

https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/los-interes-extranjeros-contra-los.html

https://revistapesca.blogspot.com/2024/07/las-medidas-para-controlar-el-ingreso.html

https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/la-cuota-de-pota-2024.html

EL ARTICULO COMPLETO CON ANEXOS EN EL SIGUIENTE LINK:

https://app.box.com/s/l44dvdwbdiel29tjawnjz8wlffsrmn0a