Con el objetivo de garantizar el abastecimiento del combustible en la región Madre de Dios y combatir de manera frontal las actividades de la minería ilegal, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) modificó la cuota para el diésel y la gasolina, teniendo en cuenta las zonas mineras y no mineras. De este modo, con el Decreto Supremo Nº 036-2015 publicado el pasado lunes, la cuota del diésel se incrementa 11% en las zonas no mineras (Manu, Las Piedras, Tambopata, Iberia e Iñapari) y disminuye 19% en las zonas mineras (Huepetuhe, Inambari, Laberinto, Madre de Dios).
Asimismo, se estableció que las cuotas de gasolinas se incrementan 15% en las zonas mineras (Madre de Dios) debido a que la energía eléctrica se obtiene mediante grupos electrógenos, que como se sabe, mayormente utilizan este combustible.
En tanto, en las zonas no mineras, la cuota de gasolina aumentó 29% considerando que dicho combustible es utilizado principalmente para el parque automotor. El MEM explicó que la figura del consumidor menor fue creada en el Decreto Supremo a fin de garantizar el suministro de combustible de aquellas que desarrollen actividades formales y en vías de formalización.
Así mediante el referido dispositivo se efectúan precisiones a las actividades de este agente para promover su inscripción. Además se amplían las actividades con la cual podrá inscribirse la persona como Consumidor Menor, tales como, agropecuarias, pesca, transporte fluvial, construcción y obras públicas.
El dispositivo también se amplió el volumen de gasolinas y/o gasoholes que puede surtirse directamente de un establecimiento de venta al público de combustible en envases que no sean de vidrio o material frágil, de 5 litros a 10 galones, por día, a fin de garantizar el abastecimiento de dicho combustible a los consumidores finales que desarrollan actividades económicas menores en dicha región.