Boticas Arcángel, Inkafarma y Mifarma deberán vender genéricos por unidad

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi determinó que las cadenas farmacéuticas Boticas Arcángel, Inkafarma y Mifarma cometieron una infracción al artículo 57° del Código de Protección y Defensa del Consumidor al ofrecer medicamentos genéricos únicamente en presentaciones de caja o blíster y no por unidad, generando situación de desventaja económica en perjuicio del consumidor. Ordenó que estas empresas corrijan sus estrategias comerciales de venta y aclaró que esta decisión no afecta la libre iniciativa privada, puesto que este derecho se encuentra limitado por la de protección de los intereses económicos del consumidor.