EL IMARPE Y LA LEY Nº 31749, DOS TEMAS DE ETICA ¿O DE INMORALIDAD?

La ley 31749

La Ley Nº 31749, que reconoce la pesca tradicional ancestral y la pesca tradicional artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas, fue promulgada por el Ejecutivo el 20 de mayo de este año, 2023.

En las disposiciones complementarias finales, la primera dice, en relación al reglamento, que: “El Poder Ejecutivo, en coordinación con el Ministerio de la Producción, reglamenta la presente ley en un plazo no mayor de sesenta días hábiles contados a partir de su entrada en vigor”.

El reglamento contempla mecanismos de participación ciudadana vinculada al sector pesquero en todas las etapas del proceso de toma de decisiones, desde la etapa de diseño hasta la etapa de implementación y evaluación de las políticas, planes y programas, normas, estrategias, instrumentos y proyectos respectivos”.

Al día de hoy, el plazo se ha vencido por haber transcurrido los sesenta días hábiles y no se ha publicado el reglamento.

Ya pasamos el plazo legal que la ley manda para que el PRODUCE haya elaborado el reglamento y no lo ha hecho.

Como nunca cumplió el mandato del DU 015-2020, tampoco lo hace ahora.

El DU 015-2020

Este decreto de urgencia dispuso la reorganización del IMARPE. Esta norma con rango de ley no ha sido cumplida.

Los hechos de probable corrupción en los informes de IMARPE que sustentan la apertura de la temporada de pesca 2019, condujeron a una investigación y fueron los que determinaron la necesidad de una reestructuración del IMARPE, la cual fue dispuesta con el Decreto de Urgencia 015-2020, que sigue sin ser cumplida por el Ministerio de la Producción. La investigación iniciada en 2019 sigue abierta y los funcionarios comprometidos, pese a ello, siguen en funciones en sus puestos.

En 2020, la Procuraduría del Ministerio de la Producción (Produce) denunció penalmente que el personal de IMARPE manipuló información sobre las dimensiones de la biomasa de anchoveta con la finalidad que las autoridades de Produce autorizaran una cuota sobredimensionada de la especie, y así favorecer a la industria de harina de pescado.

“Se desprende que los funcionarios de IMARPE a través de presuntas conductas colusionarias se estarían aprovechando de sus funciones en sus cargos públicos, para favorecer en la extracción de anchoveta a las empresas pesqueras señaladas, teniendo en cuenta que en dicha actividad se generan exorbitantes ganancias, no descartándose que habrían recibido un porcentaje por parte de las pesqueras”, señala el fiscal.

 La Autoridad busca determinar si personal del Instituto del Mar del Perú resultó beneficiado económicamente, después de “inflar” la dimensión de la biomasa de anchoveta, lo que favoreció a las empresas dedicadas a la producción de harina de pescado.

 El fiscal Mark Alata Fernández inició investigación por presunto lavado de activos a cuatro empresas pesqueras, dos funcionarios y un servidor del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).

La apelación del archivamiento de la denuncia anteriormente mencionada, terminó en que el 15 de noviembre de 2022, el caso 47-2022 en su disposición fiscal N° 04 dispone:

PRIMERO. ­ INICIAR INVESTIGACION PRELIMINAR contra las personas naturales de Renato Carol Guevara Carrasco, Pedro Ramiro Castillo Valderrama, Luis Ángel La Cruz Aparco y contra   las   personas jurídicas   de   CFG INVESTMENT SAC con RUC Nº 20512868046,  Pesquera Diamante S.A. con RUC Nº 20159473148,  Pesquera Exalmar S.A.A.   con RUC   Nº 20380336384, Tecnológica   de Alimentos S.A.  con RUC   Nº 20100971772, y los que resulten responsables; en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos.

DECLARAR COMPLEJA la presente investigación preliminar y DISPONER como plazo de investigación OCHO MESES

LA ACCION DE CUMPLIMIENTO

El ciudadano Timoteo Querevalú Eca presentó una acción de cumplimiento, en relación a la negativa del IMARPE a dar cumplimiento al DU 015-2020 que dispone la reestructuración del IMARPE.

El Ministerio de la Producción ha respondido al denunciante, el 31 de marzo, que la gestión ha sido derivada al IMARPE. Al no estar aprobado el nuevo ROF, no se puede convocar a concurso para designar al nuevo presidente de la entidad, existiendo ya una demora de tres meses desde que el Ministerio de la Producción ha recibido del IMARPE el expediente para promulgar el correspondiente Decreto Supremo que lo aprueba.

El IMARPE ha dado respuesta al ciudadano Timoteo Querevalú, mediante un oficio que en esencia dice que la designación del nuevo Presidente de la entidad, conforme manda el DU-015-2020, se efectuará una vez que se haya aprobado el nuevo ROF (Reglamento de Organización y Funciones),el cual , el cual  se encuentra próximo a  ser aprobado, como se detalla más adelante, y que dice que el mandato del DU 015-2020 en este momento está en manos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción.

Durante toda la gestión gubernamental que finalizó el 7 de diciembre de 2022, el Instituto del Mar del Perú se mantuvo en una situación de ilegitimidad, derivada del incumplimiento del DU 015-2020 que ordena al IMARPE elaborar un nuevo ROF y convocar a concurso para público la contratación del Presidente de su Consejo Directivo.

En este caso, el PRODUCE se ha burlado del ciudadano Timoteo Querevalú, meciéndolo al derivar su acción de cumplimiento al IMARPE, cuando PRODUCE ya sabía del tema y solo lo pasearon para ganar tiempo. ¿Con qué propósito? Si el Ministerio ya tenía el proyecto de ROF que les envió el IMARPE, ¿Por qué no respondieron directamente la razón por la cual se ha bloqueado? Se están burlando de un ciudadano y por tanto del país entero sin que nadie diga ni haga nada.

En la sistemática negativa del Ministerio de la Producción a ejecutar lo que manda esa norma, se adujo entre, otras razones que la misma era ilegal, incluso dicha norma fue objeto de una demanda de inconstitucionalidad; pero sobre ello el TC dictó la sentencia N° 845/2021, Caso de la Modificatoria de la Ley del Imarpe, Expediente 00001-2021-PI/TC que ha en contra de la demanda, dando sustento legal al decreto de urgencia.

No se ha cumplido con nada de lo legalmente vigente. En su lugar se designó como Presidente del Consejo Directivo del IMARPE, a un asesor del Despacho Ministerial de Producción en calidad de “encargado”, situación que se mantiene a la fecha.

LA REACCION DEL IMARPE EN JULIO 2023

En julio 2023, el Instituto del Mar del Perú ha preparado un proyecto de ley que deroga el DL 95 y el DU 015-2020. Esperan presentar este proyecto a un grupo de congresistas, ya que Imarpe no tiene competencias para hacerlo directamente. ¿Lo sabe el ministro?

Sin embargo en diciembre de 2022, presentó un proyecto de ROF con su respectivo Decreto Supremo al PRODUCE para su promulgación, en cumplimiento del mandato del DU 015-2020.

Al haberse elaborado el proyecto de ley al que se hace mención, resulta que por un lado el Ministerio no cumple la ley, el IMARPE la cumple al remitir el proyecto hace 8 meses con toda una exposición de motivos y debido sustento; pero ahora va a presentar un nuevo proyecto de ley que anula todo lo actuado.

Si un Ministerio se niega a dar cumplimiento a una norma con rango de ley ¿con qué derecho moral puede exigir el cumplimiento de las leyes del sector pesquero a sus administrados? La cosa no está en si el DU 015 es bueno o malo o si el proyecto de ley que está por presentar el Imarpe es también bueno, malo, mejor o peor.

Un Ministerio o un Ministro que, por un lado no cumple lo que manda el DU 015-2020, que tiene rango de ley y por otro es responsable de hacer cumplir las normas y leyes sectoriales, se convierte en una autoridad perversa, parcializada e inmoral, que ha perdido legitimidad y el respeto de la ciudadanía.

FALTAS DEL PRODUCE Y ACCIONES CORRECTIVAS

El Ministerio está en falta al incumplir el mandato de dos leyes, violentando el estado de derecho. La única acción correctiva que corresponde es que dé inmediato cumplimiento a dichas normas. En caso contrario debería ser demandado por incumplimiento.

Timoteo Querevalu es un ciudadano que levanta su voz al ver que no se está cumpliendo el DU referido al Imarpe. No es un empresario ni una persona acomodada, ni un pescador activo, sino ya retirado, que se mete en el pleito por convicción propia. Al hacerlo, nos representa a toda la sociedad. Este es un hecho trascendente anta la indiferencia de la ciudadanía y la comunidad pesquera ante esta inmoral conducta de una parte el Ejecutivo, que debe divulgarse. No podemos permitir que ocurran estas cosas sin que el país entero lo conozca.