A partir del 30 de agosto del presente año, los grifos deberán adecuar sus tanques para la venta de dos tipos de combustibles (regular y premium) y agotar sus existencias de gasolina y gasohol 84. Mediante la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 133-2022-OS/CD, la decisión fija los criterios técnicos. Asimismo, el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), al 31 de julio no estará configurado para que los establecimientos puedan vender al público en el sistema de gasolinas o gasoholes por octanaje, con excepción de los ubicados en Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín, autorizados adquirir y almacenar gasolina de 84 octanos, que mantendrán la configuración en el SCOP hasta el 30 de junio de 2023. El gobierno estableció la nueva nomenclatura para el combustible: gasolina regular para un octanaje mínimo de 90 octanos, mientras gasolina premium para un octanaje mínimo de 95 octanos.
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