Conforme al Reglamento del Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento de las Deudas Tributarias, aprobado hoy mediante Decreto Supremo N° 1487, se permite que todas las personas naturales y las empresas que tengan una reducción de sus ingresos en marzo y abril de este año puedan aplazar y/o fraccionar el pago de deudas tributarias. De esta manera, tienen hasta el 30 de setiembre de este año para solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de su deuda tributaria. Mediante esta medida se pueden aplazar las deudas tributarias con la Sunat hasta por seis meses o fraccionar hasta en treinta y seis meses, a un interés sumamente bajo de 3,8% anual. Luego de 60 días de culminado el plazo de acogimiento, el portal de Transparencia de la Sunat publicará la cantidad total de contribuyentes que se acogieron al régimen de fraccionamiento; informó la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva.
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