Mediante Decreto Supremo 003-2019-EF, el MEF aprobó el reglamento del Decreto Legislativo 1372, que regula la obligación de las personas y entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.
El reglamento define al beneficiario final como la persona natural que efectivamente posee o controla personas jurídicas o entes jurídicos. Por ello, se encuentran obligados a presentar la declaración de beneficiario final las personas jurídicas domiciliadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta en el país o entes jurídicos constituidos en el país.