Mediante la Resolución Ministerial N° 176-2018-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE) estableció las disposiciones para la contratación laboral de venezolanos con Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario – Provisional, el cual se sujeta al régimen laboral de la actividad privada con algunas particularidades citadas en la referida norma.
Así, el contrato laboral -incluyendo las prórrogas o modificaciones- se deben celebrar por escrito y a plazo determinado, que no debe ser superior a la vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario o PTP. Por tanto, la pérdida de vigencia de estos dos documentos constituye la condición resolutoria que extingue automáticamente el contrato de trabajo.