SBS aprobó el reglamento para la clasificación de riesgo de las COOPAC

Continuando con la emisión de la normativa general aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito, en el marco de la Ley 30822, la SBS aprobó el reglamento para la clasificación de riesgo de estas entidades. La medida se dispuso mediante resolución SBS 967-2022, publicada en el diario El Peruano. El reglamento establece el procedimiento de clasificación que deberán seguir las cooperativas de ahorro y crédito (coopac) de nivel 3, en línea con lo contenido en la Ley 30822 (Ley Coopac), que dispone que estas entidades están obligadas a contar con al menos una clasificación de riesgo anual, la cual deberá ser efectuada con información al 31 de diciembre de cada ejercicio. Determina que toda empresa clasificadora que brinde el servicio de clasificación de riesgo a las coopac debe estar debidamente registrada en la SBS, conforme se establece en el reglamento para la clasificación de empresas del sistema financiero y de empresas de seguros.