Primera devolución del Fonavi involucra a 103.011 personas mayores de 65 años

En los próximos días comenzará el envío de los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista a cada uno de los beneficiarios, informó la Comisión Ad Hoc.

El primer padrón de beneficiarios de la devolución del Fonavi incluye a un total de 103.011 ex aportantes mayores de 65 años y personas con discapacidad, cuyas historias laborales fueron verificadas, informó hoy la Comisión Ad Hoc, creada por la Ley N° 29625, que se encarga de las devoluciones.

Indicó que el padrón del primer grupo de beneficiarios para la devolución del Fonavi ya se encuentra publicado en su página web www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe

Del mismo modo, ya se inició el proceso de emisión de los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD) y en los próximos días serán enviados a los domicilios de quienes integren el primer grupo de beneficiarios.

En el CERAD se indica el valor total de los períodos de aporte que serán devueltos y el cobro de la devolución se podrá hacer efectivo en las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional a partir del 19 de enero, portando sólo el DNI.

La Comisión Ad Hoc recordó que todos los trámites vinculados a la devolución de los aportes al Fonavi son gratuitos. Además ratificó que el proceso de devolución se está realizando dentro del marco de la legalidad y se está tomando todas las previsiones posibles para que este proceso sea justo y ordenado.

Los siguientes grupos de beneficiarios que integren el padrón se publicarán semestralmente, previa verificación de su historia laboral y aprobación del padrón por la Comisión Ad Hoc.

Para conocer mayores detalles del procedimiento de la devolución pueden consultar al teléfono 317-8888.

También pidió a los beneficiarios que se informen, a través de la Comisión Ad Hoc y sus canales de comunicación oficiales, para que no sean sorprendidos con falsa información o cobros por acceso a la información, que solo buscan impedir que los pagos procedan de acuerdo al marco legal vigente y a los pronunciamientos recientes del Tribunal Constitucional.

La única fuente oficial sobre el proceso de devolución es la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625, cuya legalidad ha sido refrendada por el Tribunal Constitucional, el Congreso de la República y la Sunarp.