El Ministerio de la Producción (Produce), con el objetivo de promover captura de recursos para consumo humano directo y la pesca artesanal, estableció el límite de captura del jurel (Trachurus murphyi) en 100.000 TM, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por todo tipo de flota para el 2017, según Resolución Ministerial 026-2017.
Donde dicha cuota, según la Resolución Ministerial de Produce, publicada en el Diario Oficial El Peruano, podrá modificarse si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), evidencia una mayor disponibilidad de jurel, para lo cual remitirá al Produce la recomendación con las medidas correspondientes. Así, una vez alcanzado el límite de captura del citado recurso, Produce mediante Resolución Ministerial, dará por concluidas las actividades extractivas; caso contrario, las actividades extractivas del recurso jurel concluirán el 31 de diciembre de 2017.
Asimismo, se establece que el Imarpe recomendará oportunamente la culminación de la actividad extractiva del referido recurso, en caso que se alcancen los límites de captura establecidos en la presente Resolución Ministerial, así como la adopción de las medidas de ordenamiento pesquero pertinentes. Se precisa que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial, así como las infracciones cometidas en el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento del recurso jurel será sancionado, conforme al Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 012-2001-PE.