Los pagos de la Industria Pesquera y su contribución a la Economía Peruana

La industria reductora de harina de pescado y aceite está efectivamente gravada con una serie de sobrecostos.  Aquellos relacionados con los trabajadores y derivados del DL 1084, como la tasa del 1,95 dólar por TM de anchoveta extraída, el FONCOPES y los dispuestos por la Ley 30003 que crea el Régimen Especial Pesquero, no solamente afectan a la industria sino que crean un grupo de trabajadores privilegiados, que son los tripulantes de la flota industrial, en circunstancias que los tripulantes de la flota artesanal no disponen de los mismos privilegios y beneficios.

Los sobrecostos existentes a la fecha no benefician a las mayorías sino a unas minorías que laboran en el sector y a las empresas fiscalizadoras, que tienen un negocio cautivo y un pago seguro con el sistema de vigilancia y control actual. El Estado debe recuperar el control y fiscalización en forma directa y no a través de terceros que son pagados por los propios inspeccionados, distorsionando el concepto de fiscalización. Estos pagos deberían ser asumidos por el Estado a fin de optimizar el sistema y a través de una Superintendencia de Fiscalización, proyecto que no prosperó en el  régimen anterior.

Debería quedar solo el impuesto a la renta, (que sería mayor al disponer la industria de mayores utilidades por la reducción de sobre costos) y los derechos de pesca, que podrían ser incrementados; pero no solo a la anchoveta sino a todos los que realizan esfuerzo pesquero, porque es indebido, por más que la Ley de Pesca lo establezca así, que las especies capturadas por la flota artesanal (como la pota) no paguen derechos de pesca.

Nuestros peces no pueden ser gratis, especialmente los que van a ser exportados.

En general, la industria de Consumo Humano Directo (CHD), que exporta casi la totalidad de su producción, no está gravada con tantos sobrecostos como sí lo está la industria de Consumo Humano Indirecto (CHI). Como ambos sectores industriales atienden básicamente el mercado externo y no el interno, las mayorías nacionales solo pueden recibir un beneficio indirecto a través del impuesto a la renta y de los derechos de pesca, ya que el consumo  local de su producción es mínimo. Mayor impuesto a la renta y mayores derechos de pesca generarían mayores recursos financieros para beneficio de todo el país.

La perspectiva de la industria harinera es correcta cuando afirma que tiene demasiados sobrecostos.

La perspectiva ciudadana es correcta cuando aprecia que el sector (CHD más CHI), contribuye en forma injusta con el país. Por tanto se requiere un cambio bajo una nueva fórmula de participación del país en la pesquería peruana.

El exceso de sobrecostos en la industria de CHI, la fórmula de pago de derechos de pesca, tanto para las especies de CHI como de CHD y el actual paradigma deben ser reformulados. Pero ¿quién tendría el valor para hacerlo?