El Congreso de la República aprobó por 101 votos a favor, 1 en contra y 20 abstenciones el proyecto de ley que autorizará a los afiliados de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) a retirar hasta 4 UIT (S/ 17,200) de lo aportado al Sistema Privado de Pensiones (SPP). El dictamen especifica que la medida beneficiará a quienes no registren aportaciones ni retenciones por más de 12 meses consecutivos a la fecha de vigencia de la ley. Esta no será aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo. Los afiliados podrán presentar su solicitud para el retiro, por única vez, de forma remota, virtual o presencial dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la ley. Se abonará hasta 1 UIT (S/ 4,300) cada 30 días calendarios. Se realizará el primer desembolso a 30 días de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado. Ello es aplicable hasta el cuarto desembolso. En caso el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), podrá solicitarlo a la AFP 10 días antes del desembolso. El retiro de fondos mantendrá su condición de intangibles, por lo que no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. La intangibilidad no aplicará a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, por lo que se podrá retener hasta un máximo del 30% de lo retirado.
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