Durante toda la gestión gubernamental que terminó el 7 de diciembre de 2022, el Instituto del Mar del Perú se mantuvo en una situación de ilegitimidad, derivada del incumplimiento del DU 015-2020 que ordena al IMARPE elaborar un nuevo ROF y convocar a concurso público para la contratación del Presidente de su Consejo Directivo.
En la sistemática negativa del Ministerio de la Producción a ejecutar lo que manda esa norma, se adujo entre, otras razones que la misma era ilegal, incluso dicha norma fue objeto de una demanda de inconstitucionalidad; pero sobre ello el TC dictó la sentencia N° 845/2021, Caso de la Modificatoria de la Ley del Imarpe, Expediente 00001-2021-PI/TC que ha resuelto:
“Así pues, este Tribunal no pierde de vista que la regulación de la norma impugnada alude al fortalecimiento del rol y de la gestión del Imarpe y, con ello, la prestación de los servicios a su cargo, mediante el ajuste de la conformación de su consejo directivo, la regulación de la estructura orgánica básica, y otras disposiciones.
Se trata, pues, de materias que pueden ser reguladas a través de un decreto de urgencia extraordinario, como ha ocurrido en el presente caso.
En la sesión de Pleno del Tribunal Constitucional, de fecha 7 de septiembre de 2021, los magistrados Ledesma Narváez, Miranda Canales (con fundamento de voto), Ramos Núñez (con fundamento de voto) y Espinosa-Saldaña Barrera (con fundamento de voto) han emitido la siguiente sentencia que resuelve:
Declarar INFUNDADA la demanda interpuesta contra todos los extremos del Decreto de Urgencia 015-2020.”
Debe precisarse que la norma fue promulgada durante el gobierno de Vizcarra; pero ninguno de los ministros de la Producción de esa administración, desde que se oficializo la misma, cumplió con implementarla. El gobierno de Castillo continuó la inercia y designó un presidente sin base legal alguna.
No se ha cumplido con nada de lo legalmente vigente. En su lugar se designó como Presidente del Consejo Directivo del IMARPE, a un asesor del Despacho Ministerial de Producción en calidad de “encargado”, situación que se mantiene a la fecha. Situación poco usual, o por lo menos atípica. En cualquier caso, ya es demasiado tiempo sin que se designe al Presidente de acuerdo a la norma vigente.
Las actividades pesqueras en general, dependen de la opinión científica del IMARPE, por lo cual todo el sector necesita un ente científico legítimo, con un alto grado de credibilidad. ¿Cuál es el sentir de la comunidad pesquera artesanal ante esta situación? ¿Y cuál es el sentir de la industria pesquera?
Por otro lado en los primeros meses del año entrante se debe llevar a cabo la reunión anual de la OROP del Pacífico Sur, en la cual el IMARPE es actor relevante. ¿Quiénes serán los representantes del Perú en dicha reunión? ¿Volverán los tradicionales consultores y asesores que el IMARPE designaba o se perfeccionará la participación peruana con funcionarios de carrera y sin cuestionamientos? Y lo más importante, ¿Cuál es la posición del gobierno peruano ante la problemática de esa organización? Me refiero a la posición de Palacio de Gobierno y no a la de los funcionarios que siempre asisten con los resultados ya conocidos.
Hay muchas cosas en la pesca que dependen de las decisiones que las nuevas autoridades tomen en los próximos días. La designación de nuevas autoridades y funcionarios en todos los Organismos Públicos descentralizados que dependen del Despacho Ministerial, es un tema prioritario, así como el nombramiento de nuevos directores generales y de línea, no solo en el Ministerio sino también en las OPDs.
Nada importante se hizo en los últimos diecisiete meses, salvo dictar una norma que reduce las multas impuestas, sobre la cual recién en las últimas semanas se ha visto la publicación de las Resoluciones Directorales que otorgan ese beneficio. Esta norma, al parecer, surge de la influencia política de algunos con el objeto de favorecer a determinadas personas o empresas. Casi no hay resoluciones ministeriales ni decretos supremos en la administración, que son los documentos de gestión que se refieren a temas de fondo.
Las nuevas autoridades designadas a partir del 7 de diciembre tienen, en principio, un año y medio de duración, si es que terminan el mandato. En consecuencia, su objetivo debiera ser el diseño de una agenda capaz de ser ejecutada en ese período. Para poder hacerlo con éxito, requieren conformar un equipo de trabajo idóneo, honesto, capaz y con ideas sobre la pesca que reemplace a quienes fueron indebidamente designados y que le devuelva al Ministerio la capacidad de gestión.
Por otro lado, se aprecia una cantidad de resoluciones directorales en las últimas semanas, como nunca antes vista. La página web del Produce está inundada de RDs que debieran ser analizadas para evaluar si son legítimas. De pronto se encuentran sorpresas.
Sobre el IMARPE
http://revistapesca.blogspot.com/2022/06/un-rof-ilegitimo-en-el-imarpe.html
http://revistapesca.blogspot.com/2022/01/quien-debe-presidir-el-imarpe.html
http://revistapesca.blogspot.com/2021/11/la-constitucionalidad-del-du-015-2020.html
Sobre la reducción de multas:
http://revistapesca.blogspot.com/2022/05/multas-y-sanciones-en-el-sector.html