Cuando los acuerdos de comercio contienen restricciones a la disminución de la exigibilidad de normas ambientales, se señala que las sanciones son aplicadas cuando existe un ánimo discriminatorio para el comercio internacional, indicó el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar – Vidal. De esta manera, se desestima las declaraciones de EIA de Estados Unidos sobre la posible violación al TLC con Estados Unidos.
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