La Federación Rusa ha presentado una carta a la OROP-PS, referente a la cual no se sabe aún, cuál será o es la opinión y/o posición del Perú. Por otro lado evidencia una actitud totalmente diferente a la tomada por el Perú en la última reunión, específicamente en el caso del jurel.
El reclamo ruso, demuestra el sesgo pro chileno que tiene la organización en el caso del jurel. Se favoreció a la cuota de Chile en desmedro de la cuota de los demás países.
Un análisis detallado podría demostrar que las principales acciones de esta organización siempre han favorecido a Chile con la aquiescencia de casi todos sus miembros. Este reclamo ruso impone un análisis serio de la situación.
Afirma que
“la decisión sobre la distribución de acciones en la captura total permisible de jurel en 2023 entre los miembros demuestra una discriminación injustificable contra la Federación de Rusia en la forma y en los hechos, y es incompatible con las disposiciones de la Convención.
La CMM O 1-2023 creó una situación injusta e inequitativa que no se basa en los criterios del artículo 21 de la Convención SPRFMO, sino que se basa únicamente en las transferencias de cuotas que algunos miembros de la Comisión han realizado en años anteriores, sin que ello constituya un criterio válido para la asignación de cuotas o para el cambio de los porcentajes de participación en la pesquería de jurel.
La reducción del porcentaje relacionado con la cuota de Trachurus murphyi de un miembro de la Comisión sin su consentimiento y sin tomar en consideración las disposiciones del artículo 21 de la Convención a favor de otro miembro demuestra una discriminación injustificable en la forma y en los hechos, y es incompatible con la disposiciones de la Convención.
Los Miembros que tuvieran la intención de no cumplir con las disposiciones del Artículo 21 de la Convención, así como con el MC de Trachurus murphyi, podrían demostrar buena fe y transferir parte de su cuota de Trachurus murphyi a otro Miembro. Sin embargo, este criterio se impuso a otros Miembros que, objetivamente, de acuerdo con los criterios establecidos por el artículo 21 de la Convención, podían pretender aumentar o mantener su parte de la cuota de Trachurus murphyi. Además, dicho enfoque no se presentó a la Comisión en un documento formal con suficiente antelación de conformidad con el Reglamento de la Comisión.
A este respecto, la Federación Rusa adopta medidas alternativas que tienen un efecto equivalente a la decisión a la que ha objetado y tienen la misma fecha de aplicación. La Federación Rusa se guía por un porcentaje en su cuota de Trachurus murphyi de 3,2825% relacionado con las capturas a que se refiere el párrafo 9 de la MC 01-2023 que equivale a los límites establecidos para el período de la Medida de Conservación que fue de 2017 a 2023”.
Hay que recordar que a Perú también se le redujo el porcentaje de participación sobre la cuota de 2.028%, a 1.868%, que la delegación peruana presentó ingenua y/o engañosamente, como un triunfo para el país ya que en toneladas se aumentaba, pero en el fondo se perdía, como acertadamente analiza la Federación Rusa y por lo cual presenta su queja.
Distribución de la cuota de jurel en 2022: De 817,943 TM, de cuota total, Perú tenía el 2.0284% de participación.
Distribución de la cuota de jurel en 2023: De 981,833 Tm, de cuota total, Perú reduce a 1.868% su participación.
Esta actitud de la Federación Rusa nos muestra la diferencia de niveles, de experiencia, de capacidad y de interés por los intereses nacionales en relación a la actitud peruana.
Recordemos lo que pasó:
http://revistapesca.blogspot.com/2023/02/la-reunion-de-la-orop-del-pacifico-sur.html
http://revistapesca.blogspot.com/2023/02/el-funcionario-peruano-y-los-resultados.html