¿La sanción impuesta al trabajador configura acto de hostilidad?
Por Willy Monzón, abogado de Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya Abogados wmonzon@munizlaw.com Con la finalidad de proteger al trabajador y evitar un ejercicio abusivo del poder de dirección del empleador, nuestra legislación laboral califica las conductas destinadas a incomodar al trabajador con el objeto de que aquel renuncie, como actos de hostilidad. Es así que…