El Poder Ejecutivo fijó en S/2.600 la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº28212, la cual sirve como cálculo para determinar los ingresos de altos funcionarios y autoridades del Estado, comprendidos en el artículo 52 de la Ley del Servicio Civil y cuya compensación económica no se haya fijado de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del referido artículo. En los considerandos de la norma se recuerda que el artículo 52 de la Ley del Servicio Civil, dispone que mediante decreto supremo se fija la compensación económica para los funcionarios públicos de elección popular, directa y universal, de designación o remoción regulada, y de libre designación y remoción.
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