¿Quién debe presidir El IMARPE?

El proyecto de Ley 1129: LEY QUE PROMUEVE  EL FORTALECIMIENTO ESTRATEGICO  Y SOSTENIBILIDAD DEL INSTITUTO  DEL MAR DEL PERU, propone que sea un «Oficial General o Superior de la Marina, quien actúe como Presidente del Directorio.

Argumenta que: “dado que el órgano rector del Consejo Directivo, solía estar integrado por un Presidente que, históricamente desde la creación de este organismo, ha estado a cargo de un Oficial Almirante de la Marina de Guerra del Perú en situación de retiro, quien con el conocimiento de la dirección técnico administrativa de la Armada Peruana, es siempre un elemento estratégico necesario, y aquí la justificación de la reactualización de la norma, para retomar el valor táctico profesional en la gestión de la información científica que el IMARPE, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, tiene respecto de proyectos de investigación científica y tecnológica”.

¿Cómo así es que IMARPE requiere, hoy día, ser dirigida por un Oficial de Marina en situación de retiro? ¿No requiere más bien de un profesional especializado y calificado en ciencia y tecnología como ocurre en otros países? ¿Qué significa el “valor táctico profesional en la gestión de la información científica”?

¿Es que acaso solamente un señor vicealmirante en situación de retiro está calificado para el cargo? Considerando que la institución no es parte del sistema nacional de defensa ni tiene vinculaciones de orden militar, la respuesta es que no. El hecho de poseer embarcaciones de investigación no podría ser un argumento para darle la dirección a un oficial naval.

La redacción de la exposición de motivos referida al tema resulta, además, un tanto confusa, con argumentos desfasados en el tiempo y reflejando una añoranza por tiempos pasados y el deseo de no perder algo que la Marina de Guerra considera como suyo.

La realidad impone, en el siglo XXI, la profesionalización de las actividades de investigación.

Ya el DU 015-2020, que el PRODUCE se negó a implementar, explicaba con claridad las razones por las cuales el IMARPE debería cambiar el esquema de su Presidencia.

http://revistapesca.blogspot.com/2021/10/la-situacion-del-instituto-del-mar-del.html

http://revistapesca.blogspot.com/2021/11/la-constitucionalidad-del-du-015-2020.html

El/La Presidente/a Ejecutivo/a del IMARPE es designado mediante Resolución Suprema refrendada por el/la Ministro/a de la Producción por un periodo de cuatro (04) años mediante concurso público de méritos, llevado a cabo por un Comité de Selección integrado por:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-modifica-el-decreto-legislativo-n-9-decreto-de-urgencia-n-015-2020-1848442-1/

Este párrafo está en concordancia con lo que hacen otros países con su ente científico. ¿Cuál sería la razón para mantener el antiguo esquema en el caso peruano?

La exposición de motivos dedica una gran parte, si es que no la mayor, a describir los antecedentes de creación del instituto para sostener la posición de que el mismo debe estar dirigido por un Oficial Almirante de la Marina de Guerra en situación de retiro, lo cual no concuerda con el título del proyecto que dice que promueve  el fortalecimiento estratégico  y sostenibilidad del instituto.

La visión que requiere el futuro de la pesquería necesita de investigación, tecnología e innovación; pero sobre todo de bases y datos científicos que permitan regular eficazmente las pesquerías. El concepto “estratégico” no se presenta como el más apropiado y dice sostenibilidad del instituto, mas no de las pesquerías. ¿Acaso la sostenibilidad del IMARPE está en riesgo, al punto de necesitar una ley para apuntalarla?

Las modificaciones comparativas que muestra, evidencian que no hay cambio alguno sobre la norma actual, excepto en la organización y dirección de la entidad, con la aparente intención de reforzar el poder del Presidente del Consejo Directivo y mantener el control de la entidad por parte de la Marina de Guerra. Lo cual no puede ser sustentado de la forma como lo hace el PL.

Se presentan los casos de Estados Unidos de Norteamérica, Chile, Argentina, Colombia, México, la Unión Europea, Dinamarca, España y Ecuador en los cuales las instituciones equivalentes están dirigidas por profesionales en la materia y no necesariamente de origen castrense ¿Por qué Perú debería ser un caso especial?

En la lógica del proyecto de ley, el Instituto Peruano de Energía Nuclear, cuya función es normar, promover, supervisar y desarrollar la investigación y las aplicaciones nucleares y afines para mejorar la competitividad del país y la calidad de vida de la nación, que es una entidad adscrita al Ministerio de Energía y Minas, debería estar dirigida por un militar o marino en retiro también. Pero no lo está. ¿Por qué el IMARPE sí debería?

¿Cómo es que se facilita o favorece la investigación científica con un presidente del Consejo Directivo formado en la Marina de Guerra, en lugar de un científico con calificación y experiencia?

Por otro lado, el PL omite darle competencias a la entidad en materia de salud ambiental y calidad del agua.

¿Cómo lograr una buena gobernanza con tanto poder concentrado en un solo individuo, considerando que la información que se genera influye totalmente en decisiones que impactan sobre la economía del sector?

La aprobación de los informes científicos, especialmente aquellos que sustentan las normas regulatorias que aprueba PRODUCE, no debieran estar concentradas en un solo individuo ni en un solo director, sino en un colegiado de científicos, lo que daría transparencia y credibilidad a los mismos.

En ninguno de los casos expuestos a continuación, se aprecia que sea un oficial de la Marina o de cualquier otra institución castrense quien dirija los institutos de investigación.

¿Por qué debería ser así en el Perú?

 

LOS INSTITUTOS DE INVESTIGACION MARINA EN OTROS PAISES

 

ESTADOS UNIDOS

LA NOAA

NOAA Fisheries, también conocido como el Servicio Nacional de Pesca Marina, es una oficina de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica dentro del Departamento de Comercio. Tiene cinco oficinas regionales, seis centros de ciencia y más de 20 laboratorios en los Estados Unidos y territorios de EE. UU., y trabaja con socios en todo el país.

https://www.noaa.gov/our-history

https://www.fisheries.noaa.gov/topic/laws-policies

Su trabajo se rige por dos mandatos principales: garantizar la productividad y la sostenibilidad de las pesquerías y las comunidades pesqueras mediante la toma de decisiones con base científica y el cumplimiento de las reglamentaciones, y recuperar y conservar los recursos protegidos, incluidas las ballenas, las tortugas y el salmón.

NOAA Fisheries emplea a alrededor de 4200 empleados, incluidos científicos, administradores de políticas y oficiales de cumplimiento, ubicados en todo el país en sus oficinas regionales, centros y laboratorios científicos, y la sede nacional en Silver Spring, Maryland.

Como se puede ver, el staff de la NOAA es de civiles calificados.

https://media.fisheries.noaa.gov/2021-08/Organizational_Chart_8.26.21.pdf

 

CHILE

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura es un organismo del Estado, dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, creado bajo el Decreto Ley Nº 1.626, del 21 de diciembre de 1976.

Para cumplir con su rol regulador la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SUBPESCA) se encuentra conformada por 150 funcionarios(as) con sede en la ciudad de Valparaíso, además cuenta con una oficina de coordinación interinstitucional en Santiago que permite una vinculación estrecha con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y ocho Direcciones Zonales ubicadas a lo largo del país

EL IFOP

El Instituto de Fomento Pesquero es un organismo especializado en investigación científica en materia de pesquerías y acuicultura. Su misión es velar por el uso y explotación sustentable de los recursos marinos del país, para lo cual recopila y procesa la información necesaria para administrar y regular su captura y manejo.

Está encuadrado dentro de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Realiza la investigación de continuidad o permanente definida en el Programa de Investigación, que para estos efectos elabore la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, como también podrá realizar estudios en su ámbito de especialización para generar conocimientos de calidad que sean de interés de otros organismos del Estado, otras entidades o personas, nacionales o extranjeras o internacionales, públicas o privadas.

https://www.ifop.cl/wp-content/uploads/2019/03/ESTATUTO_ACTUALIZADO_08_jul_2014.pdf

https://www.ifop.cl/quienes-somos/direccion-ejecutiva-2/

ARTICULO DECIMO PRIMERO: Presidencia del Consejo.

El Presidente del Consejo será designado y removido única y directamente por la Corporación de Fomento de la Producción. Durará tres años en el desempeño de su cargo, no obstante, lo cual continuará en funciones hasta que se le reelija o reemplace. Habrá, además, un Vicepresidente, que será designado de la misma manera, de entre los miembros del Consejo, por la Corporación de Fomento de la Producción.

 

ARGENTINA

EL INIDEP

El Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) asesora a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación (SSPyA), al Consejo Federal Pesquero (CFP) y a la Cancillería Argentina en el uso racional de los recursos pesqueros con el objetivo de preservar el ecosistema marino para las generaciones futuras.

El Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, que deberá ser un profesional con título universitario en alguna disciplina vinculada con las ciencias del mar, será designado por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta del Ministerio de Economía, Secretaría de Estado de Intereses Marítimos.

ARTICULO 5º – El Director ejercerá la dirección técnica y administrativa, la representación del organismo y la administración del Fondo Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-21673-48475/texto

https://www.argentina.gob.ar/inidep/mision-funcion/nuestra-historia

 

COLOMBIA

EL INVEMAR

INVEMAR (Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andréis”–Invemar) es una Corporación Civil sin ánimo de lucro regida por las normas del derecho privado y en especial por sus Estatutos internos, vinculada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; cuya misión primordial es hacer investigación básica y aplicada de los recursos naturales renovables y del medio ambiente y los ecosistemas marinos y oceánicos de los mares adyacentes al territorio nacional, emitir conceptos técnicos y prestar asesoría y apoyo científico al Ministerio, entes territoriales y Corporaciones Autónomas Regionales con jurisdicción en los litorales.

http://www.invemar.org.co/quienes-somos

Normatividad: Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, reordena el sector público encargado de la gestión ambiental y organiza el Sistema Nacional Ambiental.

La Asamblea General es la máxima autoridad del Instituto. Actualmente 12 miembros conforman la asamblea general, representantes de entidades gubernamentales, de la academia, de las corporaciones autónomas regionales y de institutos de investigación.

Las funciones de la junta directiva son propender por el cumplimiento de las políticas y planes del Instituto, hacer el seguimiento y evaluación de los programas permanentes del Instituto y de los convenios con otras entidades, establecer y reglamentar los sistemas integrales de evaluación y seguimiento de la gestión, escoger los integrantes del Consejo Científico entre otras.

Estatutos

http://www.invemar.org.co/documents/10182/0/Estatutos+2005/60a612ed-9ccb-4ab8-ac8c-797193198888

El actual director es un oficial de marina retirado pero no por mandato de la ley sino por calificaciones personales, ya que la norma dice:

ARTICULO 28º NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR. El Director General del Instituto será escogido por el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de la terna enviada por la Junta Directiva. El Director General del Instituto será elegido por un periodo de tres años vinculado mediante contrato laboral a término indefinido y no tendrá el carácter de funcionario público ni trabajador oficial, pudiendo ser reelegido por la Junta Directiva.

La Junta Directiva elaborará los términos de referencia para la convocatoria a elección del Director, en donde entre otros requisitos se deberá acreditar formación académica al nivel de postgrado, en las áreas de interés del Instituto, mínimo cinco (5) años de experiencia en docencia o investigación en temas relacionados con el objeto del  Instituto y poseer experiencia administrativa. El contrato para su vinculación será suscrito por el Presidente de la Junta Directiva.

 

MEXICO

INAPESCA

El INAPESCA es un Órgano Público descentralizado sectorizado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

El instituto Nacional de Pesca es la única institución mexicana de investigación pesquera y acuícola con cobertura nacional en permanente contacto con el sector pesquero y acuícola, sus problemas de desarrollo y administración.

Las labores que se llevan a cabo como parte del principio de la pesca responsable, proporcionan a la autoridad pesquera y acuícola bases científicas sólidas, con datos fidedignos para conservar ordenar y desarrollar la pesca y contribuir al cuidado de la biodiversidad, los ecosistemas y el hábitat acuático.

http://www.agricultura.gob.mx/datos-abiertos/inapesca

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n386.pdf

Su estatuto no menciona que su Presidente ni Director General sea un oficial de marina o de algún instituto militar en situación de retiro ni de actividad.

 

ECUADOR

NAZCA – Instituto de Investigaciones Marinas

La misión del Instituto ecuatoriano Nazca de Investigaciones Marinas es profundizar los conocimientos sobre los ecosistemas marino – costeros del Pacífico Tropical Ecuatorial y promover la conservación de la biodiversidad como un valor de importancia mundial. Además, desarrollar estrategias para el aprovechamiento de los recursos que al mismo tiempo sean compatibles con objetivos de conservación y que aseguren el bienestar humano a largo plazo y de manera sostenible.

La Corporación Instituto Nazca de Investigaciones Marinas es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, fundada en el año 2004. El nombre Nazca se refiere a la placa tectónica oceánica localizada en la cuenca del Océano Pacífico Este.

https://institutonazca.org/es/about-us/

Centro Nacional de Acuicultura e Investigaciones Marinas

El CENAIM es un centro de investigación marina y acuícola construido en 1990 por gestión de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL) con apoyo financiero del Gobierno de Japón. El CENAIM forma parte integral de la ESPOL, siendo su misión el mejoramiento y desarrollo sustentable de la acuicultura y biodiversidad marina del Ecuador a través de la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la capacitación y la difusión.

Red de Investigación Marino Costera

La Secretaría Técnica del Mar (Setemar) en cumplimiento con la Política Oceánica y Costera #3: “Desarrollar y fomentar la formación, investigación científica y la innovación tecnológica para una sociedad de conocimiento justa y solidaria, en los ámbitos oceánicos y marino-costeros” ha consolidado una Agenda de Investigación Marina, en la cual uno de sus objetivos específicos es “Consolidar la cooperación interinstitucional para articular la investigación marina con las prioridades nacionales y compromisos internacionales”. En respuesta, esta cartera de Estado con el apoyo del Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano (MCCTH), han dedicado esfuerzos para la conformación de una Red de Investigación Marina y Gestión Marítima (REIMAR) de carácter nacional, orientada a fortalecer la integración entre la academia, los sectores productivos y el Estado. La creación y seguimiento de dicha red se enmarca dentro del Programa de Fortalecimiento de la Investigación Científica Marina y Desarrollo de Transferencia de Tecnología Marina de la Setemar.

Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada

MISIÓN INSTITUCIONAL: Desarrollar la caracterización hidro-oceanográfica de los espacios marítimos jurisdiccionales y no jurisdiccionales de interés nacional, e implementar y mantener los sistemas de señalización marítima, para contribuir a garantizar la seguridad a la navegación, el desarrollo, defensa y soberanía del territorio marítimo ecuatoriano, así como ejecutar expediciones y coordinar actividades de investigación científica que promuevan la proyección Geopolítica y Oceanopolítica del Ecuador en la Antártida.

Secretaría Técnica del Mar

Institución que lidera y coordina intersectorialmente con las entidades del Estado, que se encuentran vinculadas al espacio oceánico y territorio marítimo costero.

La Secretaría Técnica del Mar, es adscrita a la SENPLADES, además de presidir el Comité del Mar, que está integrado por cuatro ministerios coordinadores.

Ante la necesidad de promover e impulsar  los beneficios que tiene el territorio marítimo del Ecuador, el Gobierno mediante decreto creó la Secretaría Técnica del Mar, la cual  está regulada por un Comité Interinstitucional del Mar, conformado por la mayoría de ministerios coordinadores.

El Comité Interinstitucional, según el Decreto Ejecutivo firmado el 29 de diciembre de 2011, estará conformado por el titular  de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades) o su delegado permanente, quien no solo lo preside, sino que además ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial del Estado ante órganos o instituciones nacionales e internacionales, sobre asuntos relacionados al campo del desarrollo e intereses marítimos.

También será integrado por el Ministro Coordinador de Patrimonio; el Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos, el Ministro Coordinador de Talento Humano, el Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, y el Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa o sus delegados permanentes.

El organismo tendrá como funciones “aprobar y coordinar la política nacional relativa al espacio marítimo” y “vigilar que la cooperación interministerial para temas   del territorio marino costero guarde concordancia con la política intersectorial establecida”, entre otras responsabilidades.

El secretario técnico será designado por el Comité Interinstitucional de una terna que elabore la Senplades.

El Decreto 990 crea el Comité Interinstitucional del Mar (CIM), que tiene como objetivo articular las acciones que desarrollan las distintas instituciones del Estado en relación con el mar, adaptándolas a la nueva estructura democrática del Estado, lo cual permitirá un sistema coherentemente articulado de permanente y continua colaboración interinstitucional. El Comité Interinstitucional del Mar (CIM) tendrá las siguientes atribuciones: 1) Aprobar y coordinar la política nacional relativa al espacio marítimo; 2) Planificar la política nacional para el desarrollo de los intereses marítimos del Estado; 3) Vigilar que la cooperación interministerial para temas del territorio marino costero guarde concordancia con la política intersectorial establecida; 4) Establecer políticas que permitan armonizar las actividades de las direcciones, institutos y otros organismos nacionales, relacionados con el espacio marítimo, a efectos de definir sus competencias y evitar superposición de atribuciones.

https://www.inocar.mil.ec/web/index.php/red-reimar/607-red-de-investigacion-marino-costera

 

DINAMARCA

Consejo Internacional para la Exploración del Mar

El Consejo Internacional para la Exploración del Mar es la organización científica intergubernamental más antigua del mundo. ICES tiene su sede en Copenhague, Dinamarca, donde su secretaría multinacional de 51 personas proporciona apoyo científico, administrativo y de secretaría a la comunidad ICES. Fue establecido el 22 de julio de 1902 en Copenhague.

ICES es un foro científico multidisciplinario líder para el intercambio de información e ideas sobre todos los aspectos de las ciencias marinas pertenecientes al Atlántico Norte, incluidos el Mar Báltico y el Mar del Norte adyacentes , y para la promoción y coordinación de la investigación marina por parte de científicos dentro de sus países miembros

El principal órgano decisorio y normativo del ICES es el consejo. El consejo consta de un presidente y dos delegados de cada una de las 20 naciones miembros. Los delegados eligen al presidente, al primer vicepresidente y a cinco vicepresidentes adicionales (todos por períodos de tres años) para integrar la mesa o el comité ejecutivo. Un comité de finanzas que consta de cinco delegados supervisa los asuntos fiscales del consejo. Los delegados también son responsables de nombrar a un secretario general, que se desempeña como director ejecutivo del consejo y está a cargo de administrar las instalaciones y el personal de la secretaría del consejo, las finanzas, las reuniones, los informes, las publicaciones y las comunicaciones.

https://hmong.es/wiki/International_Council_for_the_Exploration_of_the_Sea

 

UNION EUROPEA

El Centro Europeo de Recursos Biológicos Marinos (EMBRC, por sus siglas en inglés)

Se estableció en 2013 para avanzar en la investigación fundamental y aplicada de biología marina y ecología, al tiempo que promueve el desarrollo de biotecnologías azules. Esto se logra al permitir el acceso a servicios, instalaciones y plataformas tecnológicas en sus 45 estaciones marinas en 9 países europeos en apoyo de una investigación sólida, rentable y eficiente.

Trabaja en una amplia gama de áreas de biología marina y con diversas partes interesadas, incluidos usuarios de la academia, la industria, la tecnología y la educación.

Su misión es proporcionar acceso a organismos biológicos marinos y sus hábitats con fines experimentales e investigación aplicada. Promover el uso sostenible de los recursos marinos. Profundizar los conocimientos fundamentales sobre los organismos marinos y su papel en el medio ambiente, ampliando las fronteras de la ciencia. Explore la biodiversidad marina en busca de nuevos productos, inspiración e innovación. Promover el uso de modelos experimentales marinos en la ciencia convencional

EMBRC se rige por la Asamblea General, que incluye dos representantes de cada país miembro de EMBRC. La AG toma decisiones con respecto a la estrategia, la gobernanza y el desarrollo científico del EMBRC.

El Director Ejecutivo es el representante ejecutivo y legal de EMBRC. Esta persona dirige la secretaría de EMBRC, que es responsable de la gestión y administración general de EMBRC.

Consejo Asesor de Ciencia e Innovación

Esta junta está compuesta por expertos de la academia y la industria que son elegidos por la Asamblea General. Su función es asesorar a la AG ya la Directiva Ejecutiva en asuntos estratégicos.

https://www.embrc.eu/about/who-we-are

 

ESPAÑA

El CSIC

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) es una Agencia Estatal para la investigación científica y el desarrollo tecnológico, con personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía funcional y de gestión, plena capacidad jurídica de obrar y de duración indefinida.

La Presidencia es el Órgano unipersonal que tiene conferidas competencias de gobierno y de ejecución en cuanto que ejerce la jefatura de los órganos directivos. Preside el Consejo Rector y ostenta la representación institucional del CSIC. Su nombramiento y cese se realiza por acuerdo del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

https://www.csic.es/es

Fundación CEI·MAR

La Fundación CEI·MAR (Campus de Excelencia Internacional del Mar) nace como entidad de Derecho Público el 12 de diciembre de 2012 con la finalidad de articular la gobernanza del Campus de Excelencia Internacional del Mar y de agrupar en torno al mar a las universidades, institutos de investigación y agentes sociales y económicos del ámbito de Andalucía, sur de Portugal y norte de Marruecos con el fin de crear un entorno académico, científico, emprendedor e innovador de calidad. Entre sus labores principales se encuentra el fomento de la formación e investigación de excelencia en las diversas áreas de especialización relacionadas con el ámbito marino y la transferencia del conocimiento a los sectores productivos vinculados al mar.

Para ello cuenta con una estructura organizativa presidida por el rector de la Universidad de Cádiz, Francisco Piniella Corbacho y con personal propio compuesto por tres técnicas superiores especializadas en Gestión, Proyectos, Comunicación y Marketing, cuyas condiciones de trabajo y salarios quedan reguladas bajo el convenio provincial de Oficinas y Despachos de la provincia de Cádiz.

https://campusdelmar.com/sobre-nosotros/gobernanza-fundacion-cei%C2%B7mar/

 

EN EL PERÚ

El Proyecto de Ley puede leerse en el siguiente link:

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTEyOTE=/pdf/PL-1129-2021-CR

https://es.calameo.com/read/0004533776cb5bbdc5f08