Las cadenas de cine deberán tener salas diferenciadas para personas debidamente vacunadas y que figuren en el Padrón Nacional de Vacunación Universal contra el COVID-19. Esto se aplicaría solo en el caso los clientes vayan a ingerir alimentos y bebidas dentro de la sala de cine y siempre que se cumplan con todas las medidas de protección contenidas en el protocolo que fueron coordinadas previamente con el Minsa. La autorización para que los cines vendan alimentos y bebidas fue dada a mediados de octubre, precisando que solo se podrá realizar esto en los cines localizados en las provincias que tengan un avance de 40% de vacunación. Por otro lado, Indecopi indicó que sí será posible que los consumidores ingresen a los cines con sus propios productos.
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