Personas naturales podrán deducir hasta 10 UIT para pago de Impuesto a la Renta

El ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne, anunció los tres primeros decretos legislativos de índole tributario aprobados por el Ejecutivo, disponiendo, uno de ellos, una deducción para las personas naturales de hasta 10 UIT (S/ 39.500) en el pago del Impuesto a la Renta. “Hemos hecho modificaciones al Impuesto a la Renta a las personas naturales, como recuerdan el Congreso de la República nos dio facultades para permitir la deducción de ciertos gastos con la idea de estimular el mayor uso de las facturas y un mayor cumplimiento”, dijo.

Thorne mencionó los rubros a tomarse en cuenta para hacer la deducción:

  • Gastos en alquileres e intereses de créditos hipotecarios para la primera vivienda.
  • Honorarios profesionales de médicos y odontólogos.
  • Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría.
  • Aportaciones a EsSalud.

“Esto es para aquellas personas que quieran deducir más de las 7 UIT que actualmente la ley lo permite. Ahora podrían deducir 3 UIT más y en total tendrían una deductibilidad máxima de 10 UIT”, explicó Thorne.


 

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