¿Qué actividades se reanudarán durante la primera fase de reactivación económica?

El Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo N° 080-2020-PCM señaló la reanudación de cuatro actividades económicas en forma gradual y progresiva en el marco del estado de emergencia nacional para contener el avance del nuevo coronavirus (COVID-19). Las actividades incluidas en la Fase 1 de Reanudación de Actividades son minería e industria, construcción, servicios y turismo, y comercio. De forma específica, minería e industria: explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos. Insumos para la actividad agropecuaria, pesca industrial, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo. Industria metalmecánica, sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales). Construcción: Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC), proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC), proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones, obras de saneamiento. Actividades de infraestructura agraria, proyectos inmobiliarios, productos agrarios. Servicios y turismo: apertura de restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales, servicios vinculados a telecomunicaciones. Servicios prestados a empresas (TI y servicios profesionales), servicios notariales, de reciclaje, mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares. Servicios de almacenamiento. Comercio: productos agrarios, comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.