Restaurantes no tendrán límite de ventas para volver a operar

Se actualizaron las disposiciones complementarias para la continuidad de la reactivación de actividades en los restaurantes y negocios afines a nivel nacional, por lo que para que un restaurante o negocio pueda tramitar su permiso de operación ya no es obligatorio registrar ventas de más 50 UIT anuales, ni contar con más de cinco trabajadores. Ahora podrán acceder a esta autorización las personas naturales con negocios que cuenten con una licencia de funcionamiento y RUC activo o habido. También lo podrán hacer las personas jurídicas que cuenten con inscripción en la Sunarp, así como su licencia de funcionamiento y RUC activo; informó el Ministerio de la Producción (PRODUCE).